Emma Coronel Aispuro, casi un mes presa en Virginia y acusado por cargos relacionados con narcotráfico, decidió renunciar a su derecho de audiencia preliminar, según un documento presentado ante la Corte del Distrito de Columbia.
La esposa de Joaquín Guzmán Loera, el Chapo, firmó la declinación junto con su abogado, Jeffrey Licthman, donde manifiesta haber entendido que se le acusa penalmente y que ha sido notificada de sus prerrogativas.
“Estoy de acuerdo en renunciar a mi derecho a una audiencia preliminar bajo Fed. R. Crim. P. 5.1 o Fed. R. Crim. Pág. 32.1”, se lee en el documento de una página que fue turnado este 19 de marzo.
Coronel Aispuro es imputada por cargos de conspiración para importar heroína, cocaína, marihuana y metanfetaminas. Si es declarada culpable, pagaría un mínimo de 10 años en prisión y una sentencia máxima de cadena perpetua, además de una multa de hasta USD 10 millones.
De acuerdo con la acusación del caso 1:21-mj-00240, fue mensajera de su esposo Joaquín Guzmán Loera y conspiró para el envío de narcóticos hacia EEUU, ambas acciones, entre 2012 y 2017. Además de planear la fuga del Chapo en 2015, en señalamientos directos del padrino de una de sus gemelas: Dámaso López Núñez, el Licenciado, lugarteniente de Guzmán Loera.
Según las Reglas Federales de Procedimiento Criminal, hay una suma de hasta 14 razones por las cuales Emma Coronel y su defensa acordaron renunciar a su audiencia preliminar. Pero en estricto sentido, las estipulaciones 5.1 y 32.1 apelan a cambiar de adscripción para que la acusada comparezca o ganar tiempo y decidir cómo proceder.
La examinación de un juez debe ocurrir 14 días después de la audiencia inicial, como en este caso, porque la acusada está detenida. Sobre ampliar el periodo, se debe demostrar una buena causa, en relación con el interés público de llegar a una pronta resolución del caso.
De modo que la esposa del Chapo ha renunciado a una comparecencia donde pudo haber interrogado a testigos que la incriminan, incluso, presentar evidencia, pero sin objetar los datos por los cuales fue arrestada. Cabe destacar que todo lo que hubiese sucedido en esa comparecencia habría de ser registrado y estado disponible al público, con un pago de por medio.
En cambio, puede que Coronel Aispuro esté preparando una declaración o, por el contrario, se niegue a proporcionarla y la imputada sea sancionada por ello.
“Si una de las partes desobedece una orden de la Regla 26.2 de entregar una declaración a la parte, el juez de instrucción no debe considerar el testimonio de un testigo cuya declaración se retiene”, asegura el párrafo (h) de la disposición 5.1.
Fuente: Infobae
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