Homicidio agravado, tentativa de asesinato y violencia de género son los delitos que en los últimos años motivaron al menos siete condenas de 30 años de prisión, en igual números de tribunales.
Esto implica que los jueces distribuyeron 300 años en 10 individuos tras comprobarse su culpabilidad en estos crímenes. Hasta el 2008, 30 años era la mayor pena máxima impuesta por delito alguno en República Dominicana, pero con la Ley 267-08, sobre Terrorismo, se elevó la prisión a 40 años.
Las condenas se han logrado gracias a que el Ministerio Público pudo presentar pruebas necesarias y sustentar las acusaciones por ante los tribunales.
En el 2017, el Primer Tribunal Colegiado de Santiago dictó 30 años de prisión contra Walkin José Muñoz Osoria, hallado culpable de realizar varias heridas de arma blanca a su pareja y posteriormente huir.
Un caso similar fue el de Cristino de los Santos Figuereo, en el que la Fiscalía de Santo Domingo Este, acusándolo de homicidio agravado por las circunstancias de premeditación, asechanza y envenenar con herbicida a su expareja en septiembre de 2018. Esto fue debidamente comprobado y el Segundo Tribunal Colegiado de Santo Domingo Este le cantó 30 años de cárcel.
Mientras que el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Daniel Emilio Frías Segura, también a tres décadas de reclusión, tras encontrarlo culpable descuartizar a su esposa, Fanny Sánchez, en marzo de 2010.
En ocasiones el o los imputados son acusados de varios delitos, como es el caso de Jesús María Ortega Quezada, alias Tito Mamola, y Domingo Muñoz López, alias Yiyo, quienes fueron encontrados culpables por el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal de Primera Instancia del Distrito judicial María Trinidad Sánchez, de asesinato y robo agravado tras haber matado a contra Ramón De Jesús Castillo (Ronco) y Dioris Antonio Santos (Yoyito), con un arma de fuego ilegal en un atraco.
-En tanto que enero del 2019, la Fiscalía encontró pruebas suficientes para acusar a Ángel David Medina Paredes (a) Guido, Raineer Gabriel Cedeño (El Mello) y Juan Feliciano Medina (Juaniquito) de asociarse y asesinar a Navil Poche Consuegra (Bobolo) de 29 años de edad en el municipio de Boca Chica, logrando que el Primer Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo los sentenciara a la pena máxima.
Algunos antisociales que comenten delitos de tentativa de asesinato y violencia intrafamiliar han recibido igual dictamen de 30 años tras las rejas. En 2018, José Marte (El Coquero), fue encontrado culpable de esas infracciones por El Tribunal Colegiado de La Vega, por propinarle siete estocadas de arma blanca a su expareja en Jarabacoa.
La víctima no perdió la vida, pero resultó con lesiones permanentes, presentando caída del parpado izquierdo, perdida de la visión del ojo, trastorno de la marcha de la mano y pierna izquierda.
Al ser 30 años la pena máxima aplicada a este tipo de casos en el país y no existir el cúmulo de penas, aquellos que cometen homicidios afectando más de una persona solo obtienen una condena. Así sucedió en Hato Mayor, donde Joel Lorenzo Martínez fue condenado por el Tribunal Colegiado de esa demarcación a cumplir 360 meses de prisión por haber dado muerte a su pareja, María Altagracia Jiménez Javier y a la hija de ambos y luego incendiar la vivienda pretendiendo borrar las evidencias.
CÓDIGO PENAL. El Código Penal vigente data del año 1884.
En la actualidad se encuentra en el Congreso Nacional, una propuesta de reforma que contempla en su artículo 51 el cúmulo de penas.
Estas modificaciones, al momento están detenidas debido a la discusión sobre las tres causales del aborto que mantiene al país enfrentado.
Fuente Ndigital
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