La diputada y aspirante a senadora por el Distrito Nacional, Faride Raful, presentó un proyecto de ley que busca tipificar e incluir nuevas modalidades de delitos y crímenes electorales, relacionados con el uso de bienes, servicios y/o recursos públicos, así como aumentar las sanciones de infracciones ya establecidas sobre la materia.
La iniciativa legislativa, depositada ante la Secretaría General Legislativa de la Cámara de Diputados, plantea modificaciones a la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos No. 33-18, promulgada el 15 de agosto de 2018 y la Ley Orgánica de Régimen Electoral No. 15-19 para ampliar su alcance.
Entre otros cambios, el proyecto de la legisladora del Partido Revolucionario Moderno (PRM) busca reforzar las normas para la recepción de aportes económicos dirigidos a campañas, la participación de funcionarios públicos en proselitismo y las deducciones salariales a empleados del Estado para financiar proyectos políticos.
Dispone sanción contra el uso, en los procesos eleccionarios internos y generales, de símbolos, figuras, expresiones y mecanismos que denigren la condición humana y la dignidad de una o más personas o de candidatos.
La pieza procura insertar en el marco legal la prohibición de presionar, sugerir o incitar, en cualquier forma, a subalternos, dependientes o proveedores de bienes y servicios, para que respalden algún precandidato o candidato, una causa, campaña o controversia política.
Asimismo, trata de impedir a los funcionarios y ejecutivos de las entidades de intermediación financiera, con capital estatal o público de más de un 50%, otorgar facilidades de crédito de cualquier naturaleza durante los períodos de precampaña y campaña electoral.
La misma prohibición va dirigida a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, establecidos en las leyes de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos y Orgánica de Régimen Electoral, sin perjuicio de otras sanciones administrativas establecidas en la Ley Monetaria y Financiera.
También busca sancionar al ejercicio de ordenar a empleados bajo la dependencia del precandidato o candidato a asistir a eventos, actividades, caravanas, mítines y/o cualquier tipo de acto público de campaña y/o actos de precampaña de partido, agrupación y movimiento político.
Asimismo, ordenar, presionar, sugerir, conminar o incitar a empleados bajo dependencia a que participen a través de sus cuentas de redes sociales personales y privadas, en actividades desplegadas en la esfera de las redes sociales.
De ser acogidos por el Congreso los cambios en los marcos legales citados, sería sancionable el hecho de favorecer con promociones, bonificaciones, o ascensos indebidos a quienes dentro de la entidad a su cargo participan en campaña política, ya sea a favor del titular o superior jerárquico de la institución de que se trate.
“La nómina de una entidad pública no se podrá modificar para ser aumentada, dentro de los cuatro (4) meses anteriores a realización de las elecciones a cargos de elección popular, salvo que se trate de provisión de cargos por faltas definitivas, con ocasión de muerte o renuncia irrevocable del cargo, o procesos o acciones que se enmarquen en una declaratoria de emergencia nacional”, dispone el proyecto de ley.
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