La República Dominicana está a merced de las condiciones de entrega, cantidad de dosis o cualquier otra eventualidad que surja en el contrato de compra de vacunas contra el COVID-19 a la farmacéutica Pfizer, y la empresa alemana BioNTech.
La farmacéutica tampoco acarrea ninguna responsabilidad ante escasez, retraso de entregas o disminuciones de dosis.
La llegada de las vacunas Pfizer/BioNTech está sujeta a condicionantes a favor de la empresa farmacéutica, como sanciones, incluso en casos de incumplimientos de entregas.
Pfizer/BioNTech no solo será multado o sancionado en ninguna circunstancia si se presentan retrasos en los envíos de las inoculaciones, sino que tampoco se harán responsables de los mismos.
En lo que respecta a la entrega, en el documento se estima que el pedido se enviará en lotes cada tres meses, comenzando a partir del segundo trimestre del presente año (desde abril a junio), conforme al cronograma provisional de entregas.
Pero en el documento no se detalla la cantidad que será entregada a República Dominicana cada trimestre, ni por cuánto tiempo se extendería el periodo de envíos.
Este cronograma será proporcionado por Pfizer al Ministerio de Salud Pública, después de la ejecución del pliego de condiciones vinculantes, y estará sujeto a un acuerdo de confidencialidad.
No obstante, el acuerdo dispone que no se enviarán dosis antes de que los proveedores reciban una aprobación condicional por parte de las autoridades dominicanas, y si se recibe después del 31 de enero, el pedido podría sufrir retrasos debido a ajustes en el cronograma de entregas.
Asimismo, si Pfizer/BioNTech no obtiene la mencionada notificación condicional antes del 30 de septiembre del presente año no estarán obligados a entregar las vacunas conforme al calendario ajustado.
Además, aunque se cumpla con este requisito, el país pudiera recibir menos vacunas de las cantidades acordadas si no hay abastecimiento suficiente.
En este escenario la farmacéutica decidirá sobre los ajustes necesarios “basados en principios justos y equitativos en las circunstancias existentes en ese momento”, de acuerdo con el contrato.
Similarmente si para finales del próximo septiembre no han enviado ni una sola dosis de vacunas “por razones técnicas”, no están obligados a cumplir con el cronograma acordado entre ambas partes.
Tomado del Listín Diario.
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