El presidente Luís Abinader no sabe que es el Ministerio Público quien impone las multas a los que violentan el toque de queda y que el monto no es irrelevante porque va de uno a 10 salarios mínimos.
El jefe del Estafo tampoco sabe el monto a pagar y cree que es una labor de la Policía Nacional.
El Código Procesal Penal y la Policía Nacional dejan claramente establecido que es facultad del Ministerio Público de las diferentes jurisdicciones del país, donde se cometan violaciones, aplicar multas y que el dinero sea depositado en una cuenta de la Procuraduría General de la República.
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El Artículo 475, numeral 25 del Código Penal de República Dominicana, establece que “incurrirán en la pena de multa los que infringieren las reglas higiénicas o de salubridad, acordadas por la autoridad en tiempo de epidemia o contagio”.
Sin embargo, el presidente Abinader o no fue bien asesorado por equipo o fue sorprendido cuando un periodista preguntó sobre el monto y quién cobra por las sanciones; a lo que respondió que el precio es irrelevante y que es labor de la Policía Nacional.
Sin embargo, el precio no es tan irrelevante porque va de uno a 10 salarios mínimo, establecido en el artículo 153 de la Ley General de Salud, 42-01, que dice: “Se consideran violaciones a la presente ley, y serán sancionadas con multas que oscilan entre uno y diez veces el salario mínimo nacional establecido por la autoridad legalmente competente para ello o mediante ley especial”.
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